MADRID -- Real Madrid sigue eliminado de la Copa. El Tribunal Administrativo del Deporte (TAD) desechó el recurso presentado por el club merengue para que le otorgaran la medida cautelar y pudiera disputar la vuelta de los dieciseisavos de final de la Copa del Rey el próximo miércoles.
Por lo pronto, el partido no se disputará. Sin embargo, el TAD ha puntualizado que no ha entrado en el “fondo de la cuestión”, por lo que no ha llegado a una resolución final en el caso, ante el argumento de que carece de los documentos necesarios para tomar una decisión.
"El Tribunal, una vez estudiados los argumentos del recurrente y la documentación recibida de la Federación, ha acordado no conceder la medida cautelar solicitada por el club por no concurrir los requisitos exigibles por la legislación vigente, sin que ello suponga, en ningún caso, un pronunciamiento profundo sobre el fondo del recurso", explicó el tribunal presidido por Enrique Arnaldo a través de un comunicado de prensa.
Real Madrid quedó eliminado automáticamente de la Copa del Rey por la alineación indebida de Denis Cheryshev en la ida de los dieciseisavos de final ante el Cádiz, toda vez que el mediocampista ruso acarreaba un partido de sanción de la temporada pasada, cuando militaba en el Villarreal.
Desde que el conjunto gaditano presentara su denuncia ante el Comité de Competición, Real Madrid ha basado su defensa en que el jugador no fue “notificado personalmente”, como se especifica en el reglamento de la RFEF, pues ni la Federación ni el Villarreal se pusieron en contacto con el club merengue para dar cuenta de la sanción.
No obstante, tanto el Comité de Competición como el Comité de Apelación, consideraron que el argumento del Real Madrid carece de fundamentos, pues la Federación dio por notificada la sanción al enviar los documentos al Villarreal y que no es su obligación mediar en la comunicación entre los clubes.
De momento, el TAD no se ha pronunciado al respecto y se ha remitido única y exclusivamente a la solicitud de la cautelar y no será hasta la próxima semana cuando llegue a una decisión, pues según puntualizó “para que el TAD pueda resolver sobre el fondo de cualquier recurso planteado, debe primero solicitar del órgano que dictó la resolución recurrida un informe sobre la misma y, además, se solicita la remisión de la totalidad del expediente administrativo debidamente foliado”.
Es decir, que el TAD, que depende del Consejo Superior de Deportes, no fallará hasta que Apelación, que depende de la RFEF, le remita los documentos referentes a la decisión de dar por válida la eliminación automática del club en la competición.
La negativa del tribunal a conceder la medida cautelar al conjunto merengue para que pueda disputar el encuentro antes de que salga la resolución final es el tercer revés en su batalla en los despachos, luego de que el Comité de Competición considerara sus argumentos “endebles” y que el Comité de Apelación fallara el jueves en su contra tras presentar un recurso para revocar la decisión del juez único de Competición.
Agotada la última vía deportiva para evitar quedar fuera de la competición, al Real Madrid le queda acudir a la justicia ordinaria. La resolución del TAD especifica que el Real Madrid tiene “dos meses de plazo” para presentar un recurso ante un juzgado de lo contencioso administrativo de la Audiencia Nacional, si bien tendría que hacerlo inmediatamente si quiere que se lleve a cabo el partido del miércoles -teniendo en cuenta que restan sólo tres días hábiles para entonces- y además esperar a que la justicia ordinaria dicte sentencia antes del 6 de enero, cuando se juegan los octavos de final.
